08 octubre 2015

¿Como se calcula la pensión después de las reformas?

Es complejo, pero esto te puede ayudar:

Cómo se calcula la pensión por jubilación, tras las últimas reformas

La prestación por jubilación -denominada comúnmente pensión- es una de las prestaciones por excelencia de la Seguridad Social española. Conviene aclarar de partida, en primer lugar, que según la normativa que la regula toda prestación de la Seguridad Social puede ser o bien;

- Contributiva: cuando se accede a ella y se calcula en función del cumplimiento de ciertos requisitos de cotización, o bien;
- No Contributiva: cuando se obtiene en virtud de criterios no vinculados a periodos mínimos de cotización sino a la concurrencia de otros factores de carácter social, como la carencia de un volumen mínimo de ingresos personal o familiar, etc…
Como este artículo está enfocado al cálculo de una pensión contributiva, primero deberemos preguntarnos por los  requisitos que obligatoriamente se han de cumplir para acceder a su percepción.
Actualmente, y tras la entrada en vigor de las últimas reformas del Sistema de la Seguridad Social, el periodo mínimo de cotización exigido asciende a 15 años, de los cuales 2 deben estar necesariamente comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la edad de jubilación.
Y en relación a dicha edad de jubilación, resulta obligado haber cumplido como mínimo 65 años de edad, siempre y cuando se acrediten más de 35 años de cotización conforme a una escala creciente que finaliza en 2027, momento en el que para jubilarse con 65 años de edad será necesario acreditar 38 años y 6 meses de cotización. De lo contrario, es decir, siempre que durante este periodo de transición no se alcancen dichos periodos de cotización, la edad legal de jubilación ascenderá progresivamente hasta los 67 años de edad, conforme a una escala creciente también hasta 2027, a partir de cuyo momento no será posible el acceso a la jubilación por debajo de los 67 años de edad.
Pero vayamos con el punto esencial: cómo se calcula la pensión por jubilación.
En primer lugar hay que obtener la base reguladora, que es el cociente que resulta de dividir  las bases de cotización de un determinado periodo de referencia -entendiendo por éstas, a efectos prácticos, las cuantías brutas de remuneración salarial mensual con inclusión de las pagas extraordinarias prorrateadas- por el número de meses total al que aquéllas correspondenincrementado en dos por cada doce bases computadas, al objeto de que dicha base reguladora genere una cuantía o pensión compuesta por 12 + 2 mensualidades.
Tras la aplicación de las últimas reformas de la Seguridad Social española mencionadas, el sistema se encuentra en una fase de transición por la cual de computar las 180 últimas bases de cotización con anterioridad a 2013, es decir, los 15 últimos años cotizados, se pasa a incorporar en el cálculo de la base reguladora las últimas 300 bases de cotización en 2022, o sea, los últimos 25 años cotizados.
Por consiguiente, las reformas incorporan de 2012 a 2022 un ajuste por el que en cada nuevo año de dicho periodo se adiciona de forma progresiva un total de doce bases más -una anualidad- en el cómputo de la base reguladora, de tal forma que en 2015, por poner un ejemplo, ésta se ha de calcular dividiendo las últimas 216 bases de cotización -los últimos 18 años- entre la cifra de 252 (18 años multiplicado por 14).
Pero falta aún precisar que las últimas 24 bases de cotización se incorporan al cociente de cálculo de la base reguladora por su valor nominal, es decir,  sin actualizar según la inflación, de lo que se deriva que el resto de bases de cotización computadas sí que se actualizan para no erosionar la capacidad adquisitiva de la pensión calculada finalmente, que evidentemente tendrá que afrontar un nivel de precios muy superior al de hace 15, 18 o incluso 25 años.
Por lo tanto, imaginemos que una persona que va a acceder a la jubilación en 2015 ha obtenido una remuneración bruta en términos prorrateados de 1.600 euros mensuales durante los últimos 35 años. Su base reguladora se calculará de la siguiente manera: 1.600 euros multiplicado por 216 y dividido por 252. Resultado: 1.371,43 euros.
Mas fíjense que esta cantidad todavía no constituye el importe final de la pensión. ¿Por qué? Porque aún se ha de aplicar un coeficiente para determinar en qué porcentaje le correspondea nuestro hipotético pensionista la base reguladora calculada.
Con el actual periodo transitorio introducido por la reforma, este procedimiento de cálculotambién es bastante farragoso. Antes, el coeficiente aplicable variaba en función de los años de cotización según una escala que comenzaba con el 50% por 15 años cotizados, aumentando en un 3% anual hasta los 25 años, y en un 2% anual entre los 25 y los 35 años, hasta totalizar un 100%.
Pero ahora también existe en este sentido un periodo transitorio hasta 2027, por el que desde 2013 hasta 2019 solo se puede aplicar el coeficiente del 100% con 35 años y medio cotizados. Entre 2020 y 2022 serán necesarios 36 años. Entre 2023 y 2026 un total de 36 años y medio. Y a partir de 2027, 37 años.
Aclarado esto, vamos a finalizar el cálculo de la pensión continuando con el ejemplo anterior. El actual sistema de cálculo del coeficiente en el periodo 2013-2019 implica considerar de partida un porcentaje del 50% para los primeros 15 años y un coeficiente adicional del 0,21% para los 163 meses siguientes y del 0,19% para los 83 meses restantes hasta totalizar 35,5 años con un coeficiente del 100%. Nuestro pensionista hipotético ha cotizado 420 meses -35 años-, de tal forma que por los primeros 180 meses -15 años- le corresponde un coeficiente del 50%, al que se debe añadir un 34,23% (163 multiplicado por 0,21) y un 14,63% (77 por 0,19) para consolidar un porcentaje definitivo del 98,86%.
Y ahora sí, al aplicar este coeficiente sobre la base reguladora calculada anteriormente -1.371,43 euros-, el resultado obtenido constituye el importe exacto de su pensión: 1.355,8 euros.
¿Alguna duda?
Abrazos,
PD1: Y lo aberrante es que el número de pensionistas sigue disparado, crece todos los meses una barbaridad, y la pensión máxima es la más alta de Europa…
Los jubilados españoles pueden llegar a cobrar hasta 2.560 euros al mes, bastante más que en otros países europeos como Austria, Holanda o Noruega. Solo nos supera Luxemburgo
634,50 euros al mes. Es lo mínimo que cobra un español después de toda una vida trabajando, una cifra bastante alejada de los 2.560 euros de pensión máxima. “No estamos tan mal” en comparación con otros países europeos, asegura Isca Noguera, responsable de Auditoría de Optima y autora del 'Primer estudio de la jubilación en España'. Luxemburgo lleva la delantera con un máximo de 4.735 euros al mes, pero es un caso excepcional.
Solo hay que echar un vistazo a las pensiones máximas de países como Austria(2.220 euros al mes), Noruega (2.040 euros) o Grecia (2.058 euros) para darse cuenta de que España sale ganando en la comparativa. Un jubilado español puede llegar a cobrar 1.400 euros más que su vecino francés, donde el tope está fijado en 1.134 euros. Una cifra parecida manejan los belgas (1.295 euros) y los daneses (1.020 euros).

Por encima de la media

“Nuestra pensión no es tan mala”. A Noguera no le falta razón a tenor de los datos que recoge su informe: un pensionista medio cobra casi 1.000 euros en España, una cuantía muy superior a los 474 euros al mes de Grecia, los 493 euros de Finlandia o los 538 euros de Dinamarca (sin contar con los suplementos en este caso). También superamos a Irlanda (589 euros) y Reino Unido (587 euros). La media del conjunto de países europeos analizados es 812 euros mensuales
“Hace falta un pacto político” para reformar el sistema, considera Antonio Suárez. El director general de Optima España, empresa especializada en planificación financiera, cree que "las cuentas no cuadran" con un sistema de reparto.
¿Tocar el sistema de pensiones? ¡Ni hablar! Los políticos no quieren ni oír hablar del tema, y menos en plena campaña electoral. “Solo interesa la palabra 'subida' pero el empleo es más precario, las empresas están atomizando al máximo y los trabajadores cotizan cada vez menos”, advierte Suárez. Nunca es buen momento para pensar en las pensiones ni en las consecuencias de lainacción política.

Nadie cobrará más de 1.400 euros en 2020

Hablar de pensiones superiores a los 2.000 euros dentro de siete años es “impensable” para Suárez. Una verdadera utopía. “El sistema no aguantará tal y como está estructurado” en 2020, año en el que nadie percibirá más de 1.400 euros según las previsiones de este experto. Por eso no duda en afirmar que “la pensión máxima estará 1.000 euros por debajo de la actual” en España. Como poco.
Suárez lo achaca a una esperanza de vida cada vez mayor y a un menor número de cotizantes. “Nacen pocos niños, la población está muy envejecida, los jóvenes se marchan fuera, los inmigrantes regresan a sus países… Tenemos pocos cotizantes”, añade Noguera.
La autora del informe cree que el mecanismo español es “poco justo” y pone como ejemplo a los gobiernos que han sustituido el sistema de reparto por lacapitalización financiera. Es el caso de Australia, Dinamarca y algunos países de América Latina.

Los vascos cobran más

Las pensiones medias más altas se registran en el norte de España. Lideran los vascos (1.258 euros al mes) por delante de Asturias (1.242 euros), Madrid (1.207 euros), Ceuta (1.122 euros) y Cantabria (1.074 euros). En la cola de la lista están Extremadura (844 euros), Murcia (899 euros), Andalucía (922 euros), Valencia (926 euros) y Galicia (844 euros).

¿Ahorrar? ¿Para qué? (o cómo)

En España se vive al día. El ahorro para afrontar la vejez no entra en los planes de la mayoría de los españoles, ya sea por falta de previsión o incapacidad. “Pensamos que la jubilación está muy lejos hasta que nos acercamos a los 50”, plantea el director de Optima.
Noguera también está convencida de que el ahorro privado es algo secundarioen España a pesar de la incertidumbre. No solo es un tema cultural. El Gobierno “está quitando beneficios fiscales al ahorro” en vez de incentivarlo, critica.
“No sabemos qué pensión nos va a quedar”. Muchas personas incluso ponen en entredicho que puedan llegar a cobrar esta prestación. La falta de información y la escasa cultura financiera que existe en España no ayudan a que los ciudadanos tengan el suficiente criterio para tomar sus propias decisiones, concluye la experta.
PD2: Ante la avalancha de divorcios, es interesante recordar el papel que juegan los COF. Los Centros de Orientación Familiar (COF) tienen una orientación cristiana y eso marca la diferencia con otras unidades de atención familiar. Intentan por todos los medios mantener el vínculo de los matrimonios, en la medida en que se pueda. El 70% de las parejas que están en proceso de separación y que reciben asistencia en los COF solucionan sus problemas. El objetivo es tratar de ayudar para evitar que un vínculo como el matrimonio, beneficioso para la pareja y los niños, se rompa.