Ayer bajó levemente por debajo
de los 100 pb. Ya puede, tras los planteamientos expansivos del Banco Central
Europeo, no hay riesgo alguno. Han conseguido a base de comprar y comprar bonos
que los bancos no quieren, hacer que no haya diferencia alguna entre España y
Alemania, entre Italia y Alemania... Y siento decirte que sí, que hay muchas y
graves diferencias, que no se reflejan en los mercados completamente
intervenidos…
El euro
ha cumplido 20 años de vida. Durante estas dos décadas, los diferenciales de
tipos de interés de los bonos soberanos de los distintos Estados miembros han
sufrido fuertes variaciones, con distintos estados de percepción de
riesgo.
Una de
las ventajas esgrimidas a favor del euro antes
de su entrada en vigor era la posibilidad que tendrían las empresas y
los tesoros de financiarse a tipos similares a los de los países con menor tipo
de interés, principalmente Alemania. Los diferenciales de tipos de interés
siempre se han medido como diferencia entre los tipos a diez años de un
determinado tesoro y el tipo de interés del bund alemán a diez años. A esta
diferencia se le denominó "prima de riesgo", considerado los bonos
emitidos por el tesoro alemán como el activo sin riesgo.
Antes
de la entrada del euro, cuando cada tesoro emitía bonos en su propia
divisa, el mercado exigía una "prima de riesgo" que se plasmaba
en un mayor tipo de interés ofrecido en la emisión de bonos. En el año 1995 dicho
diferencial era superior a 500 puntos básicos (5%) en el caso de España
y superior a 650 pb en el caso de Italia. La posibilidad de
devaluaciones de la moneda de emisión justificaba dicho diferencial.
De hecho, entre 1992 y 1995 España devaluó la peseta cuatro veces,
perdiendo un 25% de su valor. Con la entrada en vigor del euro
dicho temor de devaluación de la moneda de emisión de los bonos soberanos
desapareció y, en consecuencia, las primas de riesgo se redujeron a la
mínima expresión. Los reducidos diferenciales se justificaban principalmente a
la diferencia de liquidez de los distintos bonos, no tanto a la solvencia de
los emisores. El bono español llegó tener una "prima de riesgo"
negativa con el bund alemán. Es decir, el tesoro alemán tenía que ofrecer un
tipo de interés superior al ofrecido por el tesoro español en la emisión de
bonos.
Esta percepción
de ausencia de riesgo comenzó a variar tras la quiebra de
Lehman Brothers, finalizando un largo periodo de estabilidad. Con el
rescate de Grecia y Portugal y la crisis de deuda italiana y española de 2011 y
2012, el mercado empezó a exigir una prima de riesgo adicional a los bonos de
los países periféricos ante un eventual riesgo de impago, como el
acontecido con los bonos griegos. La prima de riesgo portuguesa llegó a 1.500
pb, y la española y la italiana superaron los 600 pb. Sólo la intervención del
BCE y la política de "Whatever it takes" de Draghi
lograron minorar significativamente las primas de riesgo, pero sin volver a los
niveles anteriores a la crisis.
Observando
el gráfico histórico, es evidente que en algún momento la percepción
del riesgo de los bonos periféricos ha sido errónea: o no tenía sentido que
no existirá prácticamente prima de riesgo desde el nacimiento del euro hasta el
estallido de la crisis financiera, o la diferencia de primas de riesgo actúales
no están justificadas.
Desde
la entrada en vigor del euro ningún Estado miembro emite bonos en su propia
moneda nacional, sino en euros. Por tanto, ante la imposibilidad de emitir
moneda (euros) para hacer frente a los vencimientos de deuda, la posibilidad de
un eventual evento de impago es evidente, al menos en teoría. Ahora bien, es
muy improbable que, ante un hipotético impago del tesoro italiano, la
propia dinámica del mercado no llevara a un impago de la deuda española y
portuguesa, y quizás la francesa. Sólo hay que observar la similitud de
comportamiento de ambos diferenciales, español e italiano, durante la crisis de
deuda de 2011-2012, pese a que las situaciones de ambos países eran distintas.
En
definitiva, parece evidente que la complacencia reflejada en las primas de
riesgo desde el nacimiento del euro hasta el inicio de la crisis era un exceso
y no contemplaba todos los riesgos reales. Ahora la pregunta es si el
euro se puede permitir diferenciales tan amplios entre los bonos de los
distintos países miembros. Su mantenimiento en el tiempo es insostenible
sin causar graves perjuicios para la economía del país que los sufre, ahora
Italia.
Ayer Draghi la lio parda.
Primero dijo que rebajaba, otra vez, las expectativas de crecimiento del PIB
para la Unión Europea, del 1,7% al 1,1%, bastante significativa. Estos han sido
sus últimas estimaciones:
Y aquí el problema lo tiene
Francia y Alemania. Sus indicadores adelantados (PMI) andan muy flojos:
De la inflación que no había
problemas y tal…
Pero como la banca andaba muy
flojita y las cotizaciones de los bancos seguían por los suelos, una nueva
ayudita, más liquidez, un nuevo LTRO, el III (se facilita dinero a la banca
para tratar de fomentar el crédito bancario a empresas y particulares y que se
dinamice el crecimiento económico). Puede que el problema radica en que no
pueden devolver los bancos italianos y españoles la montaña de dinero que
tienen del viejo LTRO II.
El BCE dejo sin mover los tipos
de interés y dijo que los mantendrá en negativo hasta finales de 2019, al
menos:
Abandona la idea de pegarse a
la FED, de copiarles, incrementándose las diferencias más si cabe:
Y lanzó otro LTRO, el III,
inyección masiva de dinero a los bancos, para ayudarles un poco que
andan “pachuchos”. No se piden créditos (negocio típico de los bancos, además
de freírnos a comisiones):
Y ya sabes quién se quedó de
forma casi mayoritaria el anterior LTRO II: España e Italia. ¿Se repetirá la
historia de nuevo? Ni lo dudes. Qué pavos son!!!:
A mí me da la sensación de que
no pueden devolver esa pasta del LTRO II los bancos italianos y españoles, y se
les da otra oportunidad de mantenerla más años.
Hay un porcentaje de máximos
por países de los bancos que pueden pedir dinero al BCE usando este LTRO III
nuevo. Si se mantienen las mismas cuotas que el LTRO II, poco más les llegará a
los españoles e italianos que tienen casi cubierto sus máximos:
Y dudo que lo estén haciendo
para salvarles el culo a los bancos alemanes, franceses u holandeses… Es la
“banca PIG” la que no puede pagar sus LTRO II y se les da más…, recuerdas el
“whatever it takes…”, pues seguimos con lo mismo…
Por supuesto, tumbó el euro,
algo que ha debido dejar jodidos a los yanquis…
Y el bono alemán a 10 años, el
benchmark que todo lo marca, se desplomó a mínimos:
Ya nos hemos japonizado del
todo…
Y los bancos se hundieron de
nuevo. El mercado sabe más de lo que dicen los “analistas de bolsa” con sus
sempiternas recomendaciones positivas bancarias… (ayer no entendían por qué se
desplomaba la banca. No pillan los mensajes sibilinos del BCE)
Todo, un cúmulo de malas
noticias, una continuidad de la política monetaria que favorece a la banca, sin
que ésta se entere de casi nada… ¿O lo hace porque la banca está mucho peor de
lo que pensamos?
Abrazos,
PD1: Tengo 9 hijos que se me
han ido haciendo mayores. Me queda Sol que acaba la carrera ahora y dos más
pequeñas, María y Rosario. Este año perdíamos la condición de familia numerosa
ESPECIAL, que tiene buenos descuentos en transportes y universidades… Pues se
ha ganado, en los tribunales, el recurso impuesto al gobierno del Partido
Popular de Madrid, para que sigamos siendo familia numerosa especial hasta que
Rosario acabe sus estudios. Tener tantos hijos es muy caro y cualquier ayuda
era muy bienvenida… Además, no debe ser tanto dinero ya que somos cuatro gatos
los que nos lanzamos a tener tantos hijos.
Doy gracias a los jueces y
alucino con el PP que sigue primando a los emigrantes, al colectivo gay, a lo
que sea…, frente a los padres de familias muy grandes que generamos muchos
cotizantes futuros de pensiones…
Las familias numerosas mantendrán la categoría especial
hasta el último hijo
El Tribunal Superior de
Justicia de Madrid rechaza la pretensión de la comunidad de negar la categoría
especial mientras los hijos siguen en el hogar. Así, las familias numerosas
mantendrán su categoría hasta que el último de los hijos cumpla los 21 años o
los 26 años si sigue estudiando.
El 18
de agosto de 2015 se publicó en el BOE la Disposición Final 5ª de la Ley de
Infancia de 2015 donde se estipula que las familias
numerosas podrán mantener el título, que incluye tanto la condición
de numerosa como la categoría, ya sea general o especial, hasta que el último de los hijos
cumpla los 21 años o los 26 años si sigue estudiando.
Sin embargo, según denuncian las asociaciones que representan a
estas familias desde el primer momento las Comunidades Autónomas, encargadas de
gestionar y tramitar dichos títulos, interpretaron que podían rebajar de
la categoría especial (5 hijos o más) a la categoría
general (3 y 4 hijos y 2 si al menos uno tiene una discapacidad mayor
del 33%) discriminando así a los hijos pequeños frente a los mayores en los
beneficios y ayudas por ser familia numerosa.
“Cuando la Dirección de Familia, que es el organismo de la
Consejería de Políticas Sociales y Familia encargada de gestionar y tramitar
los títulos de familia numerosa, empezó a denegar el mantenimiento de la
categoría especial, la asociación junto a las familias elaboramos un modelo de
reclamación para reivindicar lo que dice la ley. Al ser denegadas las
reclamaciones, se interpuso un recurso contencioso administrativo que es el que
ha estimado el TSJM el miércoles pasado”, cuenta Menéndez.
Ahora, la sección octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo
el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha respaldado el recurso contra la resolución de 3 de junio
de 2016 del director general de la Familia y el Menor y la
Consejería de Políticas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid, que
acordó denegar a los recurrentes el mantenimiento de categoría especial durante
la vigencia de su título de familia numerosa.
Así, el
tribunal ha decidido anular estas disposiciones “por no ser conformes a Derecho”,
de tal forma que se mantiene “el título de Familia Numerosa, Categoría
Especial, solicitado por los recurrentes”.
“La Ley 26/2015 dice que se mantiene el título hasta el
último hijo y el título es la condición más la categoría, por lo
tanto se mantiene la categoría también. Es lo que dice la ley y es lo justo
para que no haya discriminación entre hermanos”, defiende la presidenta de
la Asociación de Familias Numerosas de Madrid (AFNM), María Menéndez.
Con independencia de que la Dirección de Familia interponga
recurso a esta sentencia y a la “expresa imposición de costas
procesales”, la asociación instará a las familias a que
presenten reclamación administrativa y a las que ya lo hicieron, que presenten
un recurso contencioso en los mismos términos de la reclamación al
mantenimiento de la categoría especial.